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El error de Michavilla contra el Top Manta
 
Por Juan Luis Galiacho

Una de las promesas del ejecutivo en la reforma del Código Penal, fue "mano dura" a los delincuentes que atentaren contra la propiedad intelectual, léase, manteros (sobre todo), grabaciones piratas de CD, fotocopias de libros, plagios de obras intelectuales...Se anunció a bombo y platillo que se elevarían las penas y, sobre todo, que a partir de la nueva ley, desaparecería lo que hasta el momento era un gran impedimento en favor de la impunidad de este tipo de delincuente, esto es, que el perjudicado- el librero, el autor de las canciones, el autor del libro, la casa discográfica...-formulase denuncia por estos hechos. Si no se interponía la denuncia por los directamente perjudicados no se podía condenar a los que habían cometido el delito.

Esto sucedía con frecuencia ya que ni el librero, ni el cantante, ni la SGA, ni...estaban en el lugar de comisión de los hechos ni tenían medios ni infraestructura para ello en otras ciudades. Por ejemplo, vivían en Madrid y el hecho se cometía en Sevilla. Era costoso iniciar el procedimiento en otro lugar. La Sociedad General de Autores (SGA), en su condición de perjudicado, no podía materialmente recorrerse todos los Juzgados de España para presentar denuncia. Todos esos hechos quedaban impunes y los delincuentes libres de toda culpa o pena.

Pues bien, aunque la Ley Orgánica 15/03 de 25 de noviembre (BOE 26.11.03) según su exposición de motivos, se hace eco de lo expuesto, y dispone que los delitos contra la propiedad intelectual, no necesiten de previa denuncia del ofendido para ser perseguidos, al final no se cumplió lo dicho. Y, por ahora, no es posible que cualquier persona (el policía municipal, nacional, ciudadano de a pie, Fiscal, Juez...) pueda formular la denuncia y así atajar el problema. De esta forma, todavía no se puede perseguir de oficio a los manteros para dar con sus huesos en chirona.

El Ministro de Justicia lo prometió y lo anunció, pero, ahora, la redacción del nuevo artículo del Código penal ( por error o descuido), mantiene la redacción vieja sosteniendo que debe presentarse denuncia por parte de los ofendidos. Los manteros alegres y contentos podrán pasar a sus anchas las Navidades, los autores y cantantes no dan crédito a tan despropósito del legislador.
  

 

 

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