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De Juana y su no
excarcelación
Por Yolanda Rodríguez
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La posible excarcelación de José Ignacio de Juana Chaos ha
puesto de manifiesto ante la opinión pública el enfrentamiento entre Estado de Derecho con sus incongruencias y sus carencias y la obligación de una actuación urgente para evitar este escarnio, que aún puede ser más grave si se confirman las puestas en libertad de varios etarras en los dos próximos. Por eso, la Audiencia Nacional ha aceptado la petición de la Fiscalía y ha ordenado
mantener en prisión al etarra De Juana por los delitos de integración en la banda ETA y amenazas terroristas, castigados con penas que suman hasta 27 años de cárcel.
Sólo había una posibilidad legal de parar en seco la inminente excarcelación del antiguo integrante del sanguinario comando Madrid de ETA en los años ochenta, De Juana Chaos, tras haber cumplido 18 años de prisión del límite máximo legal de 30 en que quedaron reducidos los más de 3.000 que le impusieron los tribunales por sus numerosos delitos. Y no era otra que la de abrirle una nueva causa por otros delitos, si es que existían indicios fundados de que los había cometido durante su estancia carcelaria. Y así era, por eso, la
decisión de la Audiencia Nacional de abrirle a De Juana Chaos un nuevo proceso por los delitos de pertenencia a la banda armada y por amenazas terroristas es legalmente impecable.
Hay que ser coherente, y si el delincuente rehabilitado debe salir de la cárcel, aunque no haya cumplido la condena que le fue impuesta, el argumento nos llevaría a mantener en prisión a quien, aun habiéndola cumplido, no se ha rehabilitado, lo que no es legalmente posible. La Constitución sólo dice en el artículo 25.2 que las penas de prisión "estarán orientadas" a la reinserción social y a la reeducación -término éste poco grato al progresismo científico- del delincuente, pero, como ha dicho el Tribunal Constitucional, tales no son los únicos fines, ni los principales, de la pena. Antes están la retribución del delincuente por su delito, es decir, el castigo; la reparación de la víctima y la satisfacción de la demanda de justicia por la sociedad..
De Juana Chaos es un criminal convencido, que no se ha retractado de su pasado terrorista, ni ha condenado la violencia de ETA, ni ha pedido perdón a las víctimas, sino que se ha jactado de sus acciones criminales y ha brindado en prisión por los asesinatos. Dentro del bestiario etarra, De Juana es uno de sus más sanguinarios referentes.
Por eso, las víctimas del terrorismo tenían y tienen motivo para sentirse agraviadas, porque se trataba de una excarcelación hiriente e injusta que, si se acaba produciendo, será el resultado de un automatismo legal exento de cualquier valoración equitativa de los intereses preferentes en juego, entre los que no está la imposible rehabilitación de un asesino orgulloso, que no ha mostrado nunca arrepentimiento y que celebra los asesinatos de la banda terrorista.
Es lamentable que un Estado y una sociedad que han sufrido lo indecible por el terrorismo y que han construido afanosamente un sistema penal contra esta lacra , tengan que estar ahora escudriñando intersticios de la ley para evitar la libertad inmerecida de De Juana Chaos y de otros ("Kubati", Troitiño y Henry Parot), que como él se beneficiarán de las redenciones para salir a la calle pese a tener miles de años de condena por asesinatos. Por eso, en la Audiencia Nacional se le ha condenado por un delito de exaltación del terrorismo, cometido mediante la publicación de una carta en el diario "Gara", titulada "El escudo". Esta citación podría dar lugar a medidas preventivas que mantengan a De Juana en prisión, pero, aun siendo el destino que merece, seguirá resultando un remedio de urgencia. Sobre todo, porque más allá del caso De Juana, hay otros terroristas condenados a largas penas que podrían salir en breve de la cárcel. No es así como debe responder un Estado fuerte y con respeto por sí mismo.
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